Leamos un artículo de la ley 4990:
CAPITULO II
Del Cuerpo Electoral
Art. 2º - Constituyen el cuerpo electoral de la provincia, en calidad de electores, los ciudadanos argentinos nativos, por opción o naturalizados, sin distinción de sexos, desde los 18 años cumplidos de edad, siempre que sean hábiles y estén inscriptos en el Padrón Electoral.Esto quiere decir que en las próximas elecciones, en la provincia de Santa Fe, los jóvenes de 16 y 17 años no podrán votar en las categorías locales. Sólo a los candidatos a Diputados Nacionales.
Insisto. Yo no tengo idea de lo que es el progresismo, aunque algo sospecho. La legislatura porteña aprobó el voto joven y Macri, que se la pasa rechazando todo lo que sale de ahí, a esta no la vetó.
¿Macri será más progresista que el Socialismo Santafesino?
No hay comentarios:
Publicar un comentario