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7/12/20

Aumentos

En la provincia, desde que está Perotti y tambien desde que está la pandemia, se otorgaron estos aumentos:

0089/2020: FIJA A PARTIR DEL MES DE ENERO DE 2020 UN INCREMENTO SALARIAL PARA EL SECTOR DOCENTE EQUIVALENTE AL 4,1% APLICABLE SOBRE LOS SUELDOS CORRESPONDIENTES AL MES DE FEBRERO DE 2019 Y MODIFICA DIVERSOS ARTÍCULOS DEL DECRETO N° 838/19.

0091/2020: INCREMENTA EL SUELDO BASICO DE LOS PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DE LA SANIDAD COMPRENDIDOS EN LA LEY Nº 9282 Y SUS MODIFICATORIAS, INCLUIDOS MEDICOS AUDITORES EN EL I.A.P.O.S.

0180/2020: FIJA POLÍTICA SALARIAL PARA EL PERSONAL DOCENTE DE LA PROVINCIA.

0181/2020: INCREMENTA EL SUELDO BASICO DE LOS PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DE LA SANIDAD,INCLUIDOS LOS MEDICOS AUDITORES QUE SE DESEMPEÑAN EN I.A.P.O.S.

0183/2020: ESTABLECE POLÍTICA SALARIAL PARA EL PERSONAL COMPRENDIDO EN LOS ESCALAFONES POLICIAL, SERVICIO PENITENCIARIO E INSTITUTO AUTÁRQUICO PROVINCIAL DE INDUSTRIAS PENITENCIARIAS.

0302/2020: OTORGA EN EL MES DE MARZO/2020 UNA SUMA EXTRAORDINARIA DE $ 3.000, AL PERSONAL AFECTADO AL PERSONAL QUE SE ENCUENTRE AFECTADO A TAREAS DE ASISTENCIA A LA CIUDADANIA CON MOTIVO DE LA CRISIS SANITARIA.

0983/2020: HOMOLOGA EL ACTA ACUERDO N° 01/2020 DE LA COMISION PARITARIA CENTRAL-POLITICA SALARIAL PARA EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL.

1005/2020: ESTABLECE POLITICA SALARIAL PARA EL PERSONAL COMPRENDIDO EN LOS ESCALAFONES POLICIAL, SERVICIO PENITENCIARIO E INSTITUTO AUTARQUICO PROVINCIAL DE INDUSTRIAS PENITENCIARIAS (I.A.P.I.P.)

1007/2020: OTORGA UNA ASIGNACIÓN MENSUAL DE CARÁCTER NO REMUNERATIVO Y NO BONIFICABLE A TODOS LOS AGENTES TITULARES O SUPLENTES(INTERINOS O REEMPLAZANTES) PERTENECIENTES AL ESCALAFÓN DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DE LA SANIDAD.

1178/2020: CREA EL "PROGRAMA DE ASISTENCIA ECONOMICA ALIMENTARIA PARA PERSONAL POLICIAL CON TAREAS OPERACIONALES DE CUMPLIMIENTO EFECTIVO"

1306/2020: OTORGA DURANTE LOS MESES DE OCTUBRE,NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DE 2020,UNA SUMA EXTRAORDINARIA,A LOS AGENTES QUE SE DESEMPEÑAN EN LOS EFECTORES DE ATENCIÓN MÉDICA DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE SALUD

Poco. Si, siempre. Pero la pandemia y blablabla (¿hay que esplicar esto también?)

Ahora si nos ponemos finitos, y decimos que estos aumentos están mal para los compañeros, tendríamos que decir que el 7% que dio el gobierno nacional a los estatales es igual de malo. Seamos buenos entre nosotros.

Tuit relacionado:

21/3/11

Aumentito para funcionarios del FPCyS


Hace un tiempito contaba cómo los funcionarios del gobierno socialista se enganchaban al aumento conseguido por UPCN y ATE para los trabajadores estatales, y cómo también se enganchaban en la ayuda escolar de $ 250.
Quien no lo recuerde,
este es el post completo.

Parece que no les alcanzó el aumento ni la ayuda escolar, porque se han aumentado ahora un rubro del sueldo, que tiene que ver con la MANUTENCIÓN PROPIA DE LA RESPONSABILIDAD JERÁRQUICA, a través de este decreto.

Hay dos tramos de funcionarios:
a) El gobernador, la vice, los ministros, secretarios de Estado, Fiscal de Estado, secretarios ministeriales y subsecretarios, y,
b) Los directores provinciales, autoridades de los entes autárquicos y asesores.

Los primeros venían cobrando $ 144 por éste rubro y pasan a cobrar $ 179 (un 24,3 % de aumento) y los segundos pasaron de $ 96 a $ 120 (un 25 % de aumento). Hasta ahí parece nada.

Pero ojo, cada una de esas cifras (de acuerdo a los Decretos
259/08 y 267/08 que instituyeron el rubro) hay que multiplicarlas por 20 días hábiles por mes.

Eso quiere decir que los funcionarios del tramo a) venían cobrando por éste ítem $ 2.880 y pasarán a embolsar $ 3.580 (o sea $ 700 de aumento), y los del tramo b) que venían metiendo en bolsa por éste rubro $ 1.920 mensuales, pasarán a percibir $ 2.400 (o sea $ 480 de más).

Hay que aclarar que esto nada tiene que ver con viáticos que se pagan cuando viajan al interior de la provincia, a otra provincia, o incluso fuera del país. Los viáticos, pasajes -avión o colectivo-, gastos de alojamiento y transporte, y de los "gastos de cortesía y homenaje" van por cuenta de este otro decreto.

Este rubro de "gastos de manutención" es percibido contra la sóla firma de una planilla por el importe mensual, sin necesidad de presentar comprobante alguno de gastos.

Además de esto, no figura en el recibo de sueldo, con lo que no se les hacen descuentos jubilatorios, ni de obra social, y por supuesto NO pagan Impuesto a las Ganancias.

Otra vez no dejan ni las migas.

Aumentito para funcionarios del FPCyS


Hace un tiempito contaba cómo los funcionarios del gobierno socialista se enganchaban al aumento conseguido por UPCN y ATE para los trabajadores estatales, y cómo también se enganchaban en la ayuda escolar de $ 250.
Quien no lo recuerde,
este es el post completo.

Parece que no les alcanzó el aumento ni la ayuda escolar, porque se han aumentado ahora un rubro del sueldo, que tiene que ver con la MANUTENCIÓN PROPIA DE LA RESPONSABILIDAD JERÁRQUICA, a través de este decreto.

Hay dos tramos de funcionarios:
a) El gobernador, la vice, los ministros, secretarios de Estado, Fiscal de Estado, secretarios ministeriales y subsecretarios, y,
b) Los directores provinciales, autoridades de los entes autárquicos y asesores.

Los primeros venían cobrando $ 144 por éste rubro y pasan a cobrar $ 179 (un 24,3 % de aumento) y los segundos pasaron de $ 96 a $ 120 (un 25 % de aumento). Hasta ahí parece nada.

Pero ojo, cada una de esas cifras (de acuerdo a los Decretos
259/08 y 267/08 que instituyeron el rubro) hay que multiplicarlas por 20 días hábiles por mes.

Eso quiere decir que los funcionarios del tramo a) venían cobrando por éste ítem $ 2.880 y pasarán a embolsar $ 3.580 (o sea $ 700 de aumento), y los del tramo b) que venían metiendo en bolsa por éste rubro $ 1.920 mensuales, pasarán a percibir $ 2.400 (o sea $ 480 de más).

Hay que aclarar que esto nada tiene que ver con viáticos que se pagan cuando viajan al interior de la provincia, a otra provincia, o incluso fuera del país. Los viáticos, pasajes -avión o colectivo-, gastos de alojamiento y transporte, y de los "gastos de cortesía y homenaje" van por cuenta de este otro decreto.

Este rubro de "gastos de manutención" es percibido contra la sóla firma de una planilla por el importe mensual, sin necesidad de presentar comprobante alguno de gastos.

Además de esto, no figura en el recibo de sueldo, con lo que no se les hacen descuentos jubilatorios, ni de obra social, y por supuesto NO pagan Impuesto a las Ganancias.

Otra vez no dejan ni las migas.